CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE DEDUCCIONES A LA PRERROGATIVA A QUE TIENEN DERECHO LOS PARTIDOS POLÍTICOS, POR ENCONTRARSE PENDIENTES POR PAGAR AL ORGANISMO PUBLICO LOCAL, MULTAS, REEMBOLSOS O SANCIONES QUE DERIVARON DE UN DICTAMEN DE FISCALIZACIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 482 DE LA LEY ELECTORAL DEL ESTADO.
Unidad Responsable Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas
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Validado al 18 de Enero 2017