Lineamientos y requisitos para participar como aspirantes a una candidatura independiente para Diputaciones Locales y Presidencias Municipales en el proceso electoral 2024
• Convocatoria
• Lineamientos
• Formatos
• Ley electoral del Estado
• Convocatoria
• Lineamientos
• Formatos
• Ley electoral del Estado
Dictámenes
Acuerdos por parte del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, por los cuales se resolvió la procedencia o improcedencia de las solicitudes de registro como Aspirantes a una Candidatura Independiente.
Acuerdos por parte del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, por los cuales se emite el dictamen relativo a la cantidad de manifestaciones de respaldo ciudadano obtenido por los aspirantes a Candidatura Independiente.
Acuerdos por parte del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, , por lo cuales se emite la declaratoria de los Aspirantes que tendrán derecho a solicitar registro como Candidata Independiente, Candidato Independiente en el Proceso Electoral 2024.
Solicitudes
Respaldo Ciudadano
Derecho a registro de CI
Durante cada una de las etapas del proceso para participar a una Candidatura Ciudadana el Consejo General debe determinar la procedencia o improcedencia de acuerdo con la Convocatoria, Lineamientos y Leyes que regulan el procedimiento.
De acuerdo con la Convocatoria emitida por el Consejo General del CEEPAC y los lineamientos para el registro de las y los aspirantes a Candidaturas Independientes, la fecha límite para presentar las solicitudes es el 30 de noviembre del 2023. Se presentaron un total de 12 solicitudes, de las cuales 9 son para el cargo de presidenta o presidente municipal de los siguientes municipios: 1 para Ciudad del Maíz, Ciudad Valles, Mexquitic de Carmona, Xilitla y El Naranjo; 2 para San Luis Potosí y Matehuala. Para el cargo de Diputaciones de Mayoría Relativa se presentaron 3 de los distritos 05, 08 y 13 respectivamente.
Es la etapa en la cual los aspirantes a una Candidatura Independiente tienen que recopilar firmas de la ciudadanía las cuales brindan su apoyo para que puedan ser Candidatos Independientes. Los aspirantes a una Candidatura Independiente tienen que obtener el respaldo del 2% de la lista nominal de municipio o distrito al cual están aspirando
Concluida la etapa del respaldo ciudadano, el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, , emitirá los dictámenes correspondientes de la cantidad de manifestaciones de respaldo ciudadano obtenido por cada uno de los/las aspirantes a candidatura independiente, posteriormente se emiten las declaratorias de los Aspirantes que tendrán derecho a solicitar registro para participar bajo la figura de una Candidatura Independiente.
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San Luis Potosí, S.L.P.
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